Santa Marta D.T.C.H., 11 de mayo de 2017
ASBAMA Y MinTrabajo socializaron el marco normativo del Sistema de Gestión de la Seguridad y Salud en el Trabajo
Dentro de su estrategia de capacitación, mediante la cual busca brindar a las empresas del sector las herramientas de soporte y acompañamiento necesarias para una adecuada gestión de sus indicadores sociales, la Asociación de Bananeros del Magdalena y La Guajira - ASBAMA con el apoyo del Ministerio del Trabajo, ofreció el día de ayer una capacitación sobre el marco normativo del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG-SST, con el objetivo de contribuir a una adecuada implementación del mismo en la agroindustria bananera de la región.
La capacitación que fue dictada en el salón de conferencias del edificio Bahía Centro, contó con la asistencia de empleados del área de Recursos Humanos y miembros del equipo administrativo de las empresas vinculadas a la Asociación, además de otras empresas del sector agropecuario.
La charla dirigida por el Doctor Diego Castellanos Jaramillo, funcionario del Grupo de Promoción y Prevención de la Dirección de Riesgos Laborales del Ministerio del Trabajo, se centró en el Decreto 1072 de 2015, la Resolución 4927 de 2016, el Decreto 052 de 2017 (Transición SG-SST) y la recién expedida Resolución 1111 de 2017, a través de la cual fueron establecidos los Estándares Mínimos del Sistema de Gestión de Seguridad y Salud en el Trabajo SG – SST que deben cumplir todas las empresas, tanto del sector público como privado.
De acuerdo con las disposiciones de esta última resolución del Ministerio del Trabajo, los estándares mínimos son el conjunto de normas, requisitos y procedimientos de obligatorio cumplimiento, mediante los cuales se establece, registra, verifica y controla el cumplimiento de las condiciones básicas establecidas en el Sistema General de Riesgos Laborales, para la prevención de las lesiones y enfermedades causadas por las condiciones de trabajo, así como la protección y promoción de la salud de los trabajadores.
“Las microempresas (menos de 10 trabajadores) y pequeñas empresas (50 trabajadores) recibirán la asesoría y asistencia técnica de las ARL para la ejecución del Sistema de Seguridad y Salud en el Trabajo, y su cumplimiento da derecho a recibir un reconocimiento oficial por parte del Ministerio del Trabajo, en el que se certifique que está cumpliendo con esos estándares mínimos, a través de los cuales protege el bienestar físico, mental y social de sus empleados”, fueron las palabras del Dr. Diego Castellanos Jaramillo, funcionario del Ministerio del Trabajo.
Vale la pena destacar que esta norma es de obligatorio cumplimiento para cualquier empresa, y el no acatamiento de la misma contempla multas de hasta quinientos (500) salarios mínimos mensuales legales vigentes, e incluso la suspensión de actividades hasta por un término de ciento veinte (120) días o cierre definitivo de la empresa. Independientemente de su tamaño o tipo de riesgo, cada compañía debe empezar a implementar el SG-SST de manera progresiva y por fases a partir del 1 de junio de 2017 con un plazo de 2 años, hasta diciembre de 2019.